viernes, 30 de julio de 2010

Tod@s contra la violencia machista


La demanda fue presentada en la mañana y ya para la tarde, el Tribunal había concedido el entredicho provisional solicitado.

E]ste Tribunal le ordena a los demandados, sus oficiales, agentes, sirvientes, empleados, abogados y/o aquellas personas que actúen de acuerdo o participen activamente con la parte demandada, que so pena de desacato, inmediatamente cesen... y desistan de impedir a las demandantes pintar murales como medios de expresión en lugares denominados foros públicos tradicionales o por designación, tales como paredes de las vías públicas que tradicionalmente se han utilizado como áreas y tablones de expresión pública. Se les ordena además abstenerse de interferir con el ejercicio del derecho constitucional a la libre expresión que cobija a las demandantes". Orden de Entredicho Provisional del 30 de julio de 2010, Josefina Pantoja Oquendo y otras v. Municipio de San Juan y otros, K PE2010-2752.


Y mañana? A pintar!!!!!!!!!!!!!!


¡Bravísimas!

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