“Ella seguía usando las cosas pero no quiso cumplir con su parte, así tú lo ves.”“Ella usaba la droga, usaba el dinero y después no te correspondía.”
Palabras del periodista Luis Guardiola en su entrevista al asesino confeso de Ivonne Negrón Cintrón
lunes, 25 de noviembre de 2013
El doble asesinato de Ivonne
viernes, 4 de octubre de 2013
Un "buenos días" que ya no recibiré
sábado, 31 de agosto de 2013
Poder y control contra mujeres inmigrantes maltratadas
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viernes, 23 de agosto de 2013
Tribunal Supremo de Puerto Rico destituye y desafora a juez por crueles actos de violencia doméstica
Lee la resolución del Tribunal Supremo, aquí.
miércoles, 21 de agosto de 2013
El Nuevo Día: Estudio revela el perfil del delincuente juvenil
Análisis del Colegio Médico establece con claridad el perfil del delincuente juvenil

domingo, 30 de diciembre de 2012
Carteles contra la violencia machista
martes, 11 de diciembre de 2012
"Retrovisor" por Mariana Nogales Molinelli
miércoles, 22 de febrero de 2012
Otra víctima inocente de la violencia de género
Por Javier Colón Dávila / jcolon@elnuevodia.com
PONCE - Michael Mayol Nazario observó a sus padres discutir la noche del sábado en el automóvil, mientras se dirigían a su hogar en el barrio Quebrada del Agua de esta ciudad.
Posiblemente el niño de ocho años ni entendía el motivo de la pelea. Y así, quizás soñoliento luego de un largo día en la casa de su tía y rendido por el cansancio, se fue a su cama a dormir.
Pero, no volvió a abrir sus ojos tras recibir un disparo en la cabeza de manos de su propio padre.
Mayol Nazario se convirtió de esta forma en otra llamada víctima colateral de la violencia de género que arropa el país. Su padre, Roberto Mayol Rodríguez, supuestamente furioso por los celos que sentía hacia su pareja, desbordó toda su furia contra su hijo menor. Luego agarró la misma pistola, una calibre .22, y se hizo un disparo fatal en la boca.
Ayer, José Mayol Rodríguez, tío de Michael y hermano de Roberto, hacía un esfuerzo sobrehumano para transmitir en palabras el sentimiento que le embargaba.
Michael era muy apegado a él, y a su hermano Roberto -quien además era su vecino- lo describió como un hombre cariñoso con todo el mundo. Dijo que acostumbraba llevar al niño a la escuela.
“A él le encantaba ayudar. Era un niño pequeño de ocho años y si me veía en algo me decía: ‘Tío, ¿te puedo ayudar?’”, recordó.
Mientras hablaba, José señalaba a unos mahones en un cordel. Allí los puso Michael, quien se trepó en una silla para colgarlos.
“No sé qué le dio a ese muchacho”, dijo al hablar de su hemano, veterano y empleado de la empresa Puerto Rico Steel.
José aseguró desconocer de problemas maritales entre Roberto, de 58 años, y su esposa, Liza Nazario Rodríguez, una cadete de la Policía de 32 años. Indicó que hasta donde sabía todo andaba bien entre la pareja, que también procreó a Anthony, de 16 años.
Según su relato y el difundido por la Policía, Roberto fue a buscar con Michael a su esposa por 18 años y a Anthony al residencial Juan Ponce de León. Luego dieron una vuelta por la zona de La Guancha y ahí comenzaron las peleas dentro del auto. Posteriormente llegaron al barrio Quebrada del Agua -donde residían-, pero según José se bajaron tranquilamente del auto, entraron a la casa y los niños se fueron a dormir.
A eso de las 2:00 a.m. de ayer la discusión subió de tono nuevamente. Liza, con un golpe en el labio y hematomas en los brazos, logró salir de la casa con Anthony, pero dejó a Michael durmiendo. Mientras ella, quien le dijo a la Policía que su esposo estaba entrado en tragos, llamaba al cuartel por el teléfono de su cuñado, se escuchó un disparo. Había muerto Michael.
Luego se escuchó otra detonación: la que cobró la vida de Roberto.
Según explicó el teniente Angel Feliciano, del Cuerpo de Investigaciones Criminales (CIC) de Ponce, la pareja ya tenía problemas e incluso el pasado 1 de enero ocurrió un incidente de violencia doméstica en que Roberto le pegó a Liza. La mujer abandonó la casa, pero no solicitó una orden de protección y al cabo de un tiempo regresó al hogar.
Ayer le dijo a la Policía que su esposo se ponía violento cuando bebía.
Sin marcha atrás
Por su parte, la procuradora de las Mujeres, Wanda Vázquez, indicó que han aumentado los casos en que los niños pasan de ser víctimas secundarias de la violencia de género a víctimas principales, como fue el caso de Michael.
“Son objeto de agresiones, desquites y corajes. Esto evidencia que cuando hay incidentes de violencia nunca debemos de dar marcha atrás después de dar ese paso tan importante (irse de la casa)”, dijo Vázquez.
A su juicio, el ataque contra Michael simboliza la impotencia del agresor, que al ver que no puede controlar a su pareja ataca al más indefenso.
“No se pueden dar segundas oportunidades”, insistió Vázquez.
martes, 20 de diciembre de 2011
Pierde las piernas tras agresión de su pareja
Francheska Duarte se encuentra en estado crítico. Su novio, Jorge Ramos, huyó y se desconoce su paradero. Juan Perales, tío de la chica, le exige al joven que se entregue a las autoridades.
martes, 20 de diciembre de 2011
Maribel hernández pérez / Primera Hora
“Mi hija no tiene piernas...”.
Así se expresó la progenitora de Francheska Duarte Jiménez, de 19 años, a quien ayer de madrugada le amputaron las extremidades inferiores luego que su pareja consensual, Jorge Ramos Rodríguez, de 22 años, la impactara con su vehículo, pillándola contra otra guagua estacionada, en un incidente ocurrido en la calle Principal de Barrio Obrero, en Santurce.
Ramos Rodríguez, quien se encuentra en libertad bajo probatoria, llevó a la mujer a un CDT y huyó de la escena sin que se conozca su paradero.
Saira A. Jiménez Rijos declaró que su hija le reveló que se encontraba discutiendo por teléfono luego de compartir en un negocio, a tres calles de su residencia, y en medio de un arrebato de cólera el hombre la dejó sin transportación.
“Parece que él se puso bravo, como celoso, y entonces él salió y cogió y arrancó, y se fue en la guagua. La guagua contra la que la chocó estaba frente a mi casa, estacionada. Yo me quedé con la nena (la pareja tiene una hija de cuatro meses de edad) y, entonces, cuando ella siguió hablando con él por teléfono, ella se paró detrás de una guagua; él siguió hablando con ella y parece que, cuando se vino a dar cuenta, ya le había tirado la guagua encima... la aplastó, le desbarató las piernas”, detalló la acongojada madre sumida en llanto.
La pareja llevaba unos cuatro años de relación, pero nunca convivieron.
Jiménez Rijos recordó que su hija y Ramos Rodríguez se separaban y reconciliaban todo el tiempo, pero una vez que nació la niña las relaciones habían mejorado con la joven y su familia, luego que Francheska le diera al individuo una oportunidad, a pesar de que llegó a sacudirla cuando estaba embarazada.
“Ellos siempre tenían su problema, discusión de palabra. Ella tampoco decía nada, pero supe que una vez él la jamaqueó por la barriga, que un familiar mío se metió, y siguieron. Yo me opuse, pero tuvieron unas discusiones, (...) Él siempre me metía a mí, entonces yo de ahí ya estaba que no soportaba más y fui donde la mamá de él”, explicó la madre de Francheska, tras indicar que trató de mediar para que cesara el maltrato hacia su hija.
“Le dije que yo no quería que esto llegara a mayor porque yo sabía que tenían una nena, y me daba pena que más tarde la nena se diera cuenta que su papá tenía una Ley 54 porque nosotras le pusimos la querella, (aunque) no se la llegamos a poner”, argumentó.
jueves, 18 de agosto de 2011
Acertada propuesta
Atando los Cabos Sueltos del Machismo
en el Sistema Judicial de Puerto Rico
Por: Aníbal Rosario Lebrón[1]
En un país de menos de cuatro millones de habitantes en el que en apenas siete meses han muerto al menos 25 mujeres por causa de la violencia machista, no es de extrañar que se pregone por todos los rincones el mito de las mujeres que abusan del sistema judicial mediante la fabricación de casos de violencia doméstica en contra de sus (ex)parejas. Lo promueven esos machos que gritan, empujan, abusan, destruyen psiquis y matan mujeres a diario como “defensa a su honra”; tratando de escapar así de las consecuencias legales y morales de sus actos. Lo promueven las abogadas y los abogados de defensa como recurso para obtener veredictos de no culpabilidad a favor de sus clientes, sin pensar en las consecuencias que sus actos tienen en la promoción de una violencia que ha hecho – y continúa a hacer – estragos en nuestra sociedad. Lo promueven los jueces y las juezas que reducen sentencias porque aún piensan que asesinar a una (ex)pareja por un “ataque de celos” no es un acto premeditado, sino un acto de súbita pendencia o un arrebato de cólera. Lo promueven los medios de comunicación con las intrigas novelísticas en que mujeres despechadas o malvadas toman venganza y destruyen la reputación de santos varones al acusarlos de tan vil crimen. Y lo promueven las mujeres y hombres que con su silencio y anuencia llegan a veredictos – dentro y fuera del tribunal – de no culpabilidad basándose únicamente en el mito de la mujer mentirosa que abusa del sistema judicial. Pero que lo promueva – bien sea por inadvertencia – el propio sistema de justica, es una acción intolerable que debe ser rechazada y corregida prontamente por nuestras legisladoras y legisladores y por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Recientemente, lo sencillo que es manipular el sistema de justicia para promover este mito de la mujer que abusa del sistema judicial y perpetuar los esquemas de machismo que nos destruyen quedó evidenciado en el caso de violencia doméstica en contra del ex-representante Luis Farinacci. El jurado encontró no culpable al ex-representante, aunque varios testigos corroboraron lo alegados actos de violencia que sufrió la señora Liza Yajaira Rivera por parte de Farinacci. ¿Qué creó la duda razonable en el jurado? Una solicitud de préstamo que había presentado Liza Yajaira para comprarse un auto de lujo en la cual mintió. La defensa aprovechó este acto previo de mendacidad no relacionado con la acusación de violencia doméstica para desacreditar la credibilidad de Liza Yajaira. Con ese simple acto de mendacidad la defensa consiguió acceso directo al imaginario que impera en la Isla de la mujer despechada/malvada que abusa del sistema judicial por venganza o simplemente para mortificar a su ex(pareja). Una vez allí, el asunto fue bastante sencillo.
Liza Yajaira dejó de ser la alegada víctima de actos horrendos, para convertirse en una mentirosa más; en una de esas mujeres que mienten y quieren destruir a sus (ex)parejas acusándolos de violencia doméstica porque sufren de despecho o simplemente gozan de importunar a sus (ex)parejas para obtener lo que de otro modo no pueden obtener. La alegada víctima pasó a ser la alegada agresora. Liza Yajaira por haber mentido una que otra vez en su pasado, por ser mujer – sobre todo por ser mujer –, y por hablar de violencia machista en los tribunales era ahora la mujer despechada que fabrica casos de violencia doméstica. Así el trabajo de la Fiscalía fue transformado por la defensa. Fiscalía ya no debía probar que Farinacci la maltrataba, debía probar que Liza Yajaira no quería hacerle daño a su alegado agresor y que estaba allí porque verdaderamente era una víctima y no una mujer despechada o malvada. Y todo eso sólo porque mintió una vez para comprarse un auto de lujo.
¿Qué tiene que ver la gimnasia con la magnesia? Pues usualmente nada. Para eso es que hemos creado un sistema probatorio; para evitar que actos que no tienen nada que ver con lo que se juzga sean tomados en cuenta por los juzgadores; para que nuestros prejuicios no se conviertan en los dictadores de sentencias; para poder encontrar la verdad y hacer justicia. Sin embargo, el sistema nunca es perfecto y siempre quedan algunos cabos sueltos. Cabos sueltos que a veces suelen ser muy peligrosos cuando se combinan con culturas de odio. Cabos sueltos que puede derrocar la justicia cuando son aprovechados por grupos que pretenden preservar su poder mediante la subyugación de otros. En este caso, como en el pasado, esos cabos sueltos perjudican grandemente a las mujeres.
En el pasado nuestro sistema probatorio debió atar los cabos sueltos de las reglas de evidencia y de los estatutos penales y civiles que obstaculizaban el debido juzgamiento de las agresiones sexuales y actos de hostigamiento sexual en contra de las mujeres.[2] Tuvimos que ajustar las reglas para que las mujeres pudieran testificar sin miedo a ser victimizadas y juzgadas por sus decisiones en el pasado. En el pasado ajustamos las reglas para que esos cabos sueltos del machismo no se convirtieran en fuente de subyugación y el sistema judicial quedara libre de la violencia en contra de las mujeres imperante en nuestra sociedad. Así, se logró deshacerse de los factores que desincentivaban a las mujeres a acudir a los tribunales a buscar amparo para este tipo de agresiones al tiempo que se preservaba el derecho de todo acusado a un juicio justo y a impugnar la prueba en su contra.
Hoy, llega el momento de atar esos cabos sueltos del machismo nuevamente. Nuestro País necesita que las mujeres se sientan cómodas en acudir a los tribunales y denunciar los actos de violencia en su contra sin temer por ser demonizadas como mentirosas, despechadas y malvadas. Es el momento de que el sistema juzgue adecuadamente los crímenes de violencia doméstica. Hace falta mucho más que salas especializadas de violencia doméstica. Hace falta que el sistema reconozca que es víctima y partícipe de esa violencia machista que ha matado e incapacitado a miles de mujeres en nuestro País.
Hablo de las mujeres, aunque una reforma aplique a todas las víctimas de violencia doméstica, porque estos cabos sueltos que permiten la impugnación de la alegada víctima de violencia doméstica por cualquier acto de mendacidad afecta casi exclusivamente a las mujeres. Por ejemplo, si el caso de Farinacci hubiera sido a la inversa la defensa no hubiera tenido disponible el imaginario del hombre despechado/malvado que miente para hacerle daño a su agresora. Por el contrario, en el imaginario puertorriqueño estaría la idea un hombre “afeminado”, “medio hombre” que es víctima de su mujer. Por tanto, sería imposible que mintiera en este caso aun si lo hubiera hecho en el pasado, porque “humillarse” y “renunciar a su masculinidad” así voluntariamente en público no es un recurso disponible para los hombres a menos que los eventos hayan ocurrido en realidad.
El caso no es igual para las mujeres, el imaginario político y machista de nuestro pueblo hace que un simple acto de mendacidad la coloque en una posición precaria, en la posición de la mujer despechada o malvada que abusa del sistema judicial. Aun cuando existan testigos que puedan verificar su versión y que no puedan ser desacreditados por actos de mendacidad, este imaginario es casi imposible de superar. Los testigos que pueden verificar los actos de violencia – que en la mayoría de los casos son casi inexistentes, ya que la violencia suele ocurrir en la vida íntima de la pareja – no suelen servir para superar esta visión peyorativa de las víctimas de violencia doméstica, ya que por la naturaleza de estos actos estos testigos suelen estar asociados por lazos sanguíneos o emocionales a la alegada víctima. Así que la desacreditación de la credibilidad de la alegada víctima se propaga instantáneamente a los otros testigos de la Fiscalía, ya que los testigos suelen considerarse como que están viciados a favor de la alegada víctima por los lazos que los unen con ella. De este modo, el imaginario de la mujer despechada/malvada que abusa del sistema judicial controla el juicio aprovechándose de esos cabos sueltos en el derecho probatorio y ningún testigo de corroboración puede hacer mucho para cambiar ese panorama y punir al verdadero agresor.
¿Pero cuáles específicamente son esos cabos sueltos? Se trata de poder traer prueba con poco valor probatorio debido a su falta de pertinencia o bajo nivel de pertinencia pero con un alto valor inflamatorio para el testimonio de la alegada víctima al tiempo que se permite que prejuicios sean los principios juzgadores del caso. Si bien la Regla 401 de Evidencia establece que “[e]videncia pertinente es aquélla que tiende a hacer la existencia de un hecho, que tiene consecuencias para la adjudicación de la acción, más probable o menos probable de lo que sería sin tal evidencia” y la mentira en una solicitud en un préstamo de auto no tiende a probar la existencia de una acto de violencia doméstica, la propia regla provee para que este acto inconexo con la acusación se vuelva pertinente. La regla provee a su vez que evidencia pertinente incluye aquélla “que sirva para impugnar o sostener la credibilidad de una persona testigo o declarante.”
Si bien todos somos conscientes que una mentira no hace a una persona un mentiroso recurrente, al igual que un solo asesinato no convierte a una persona en asesino recurrente. Las reglas de evidencia parecen obviar ese primer pequeño destello de sabiduría común a favor tanto de las personas acusadas de un delito como las demandadas en una causa de acción civil. Así la regla 609 provee que en el contrainterrogatorio se podrá inquirir sobre actos específicos de veracidad o mendacidad a discreción del tribunal para impugnar el carácter mendaz o veraz del testigo si bien no se permitirá prueba extrínseca sobre ello. Esta discreción del Tribunal debería estar un poco más limitada en los casos de violencia doméstica, para que la defensa no pueda utilizar actos específicos de mendacidad de la alegada víctima no relacionados con la acusación para argumentar que es una mujer que abusa del sistema judicial que acusa falsamente al acusado sin más prueba que aquella de que mintió en el pasado en nada que tiene que ver con un procedimiento judicial o con la acusación de violencia doméstica, y que el acusado está sufriendo los efectos negativos comúnmente asociados a ser acusado de un delito. De este modo, se propendería un verdadero ambiente seguro y empático a las víctimas de violencia doméstica más allá del de las salas especializadas; y el Estado sería un partícipe activo en la erradicación de una cultura machista que destruye cada día con más fuerza la sociedad puertorriqueña.
Una posible enmienda a las Reglas de Evidencia a estos efectos podría ser la siguiente.
REGLA 615. IMPUGNACIÓN MEDIANTE CONDUCTA ESPECÍFICA EN CASOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
(A) En cualquier acción criminal en la que se alegue conducta constitutiva del delito de violencia doméstica, se podrá inquirir en el contrainterrogatorio sobre actos específicos de veracidad o mendacidad de la alegada víctima según se dispone en la Regla 609 siempre y cuando el Tribunal luego del procedimiento provisto en esta regla determine que la defensa posee prueba para demostrar al juzgador que la alegada víctima intenta acusar maliciosamente o falsamente a la persona acusada.
(B) Procedimiento para determinar si se podrá inquirir sobre actos específicos de veracidad o mendacidad de la alegada víctima
(1) La determinación en cuanto a si la persona acusada podrá inquirir en el contrainterrogatorio sobre actos específicos de veracidad o mendacidad de la alegada víctima, la hará una Jueza o un Juez distinto al que interviene en la consideración de los méritos de la acción criminal en una vista en la que se brinde a las partes la oportunidad de presentar prueba al respecto. El acusado deberá:
(a) presentar una moción sostenida en declaración jurada en la cual describa de forma específica:
i. la evidencia en la que pretende basar su contrainterrogatorio,
ii. que además del acto específico de mendacidad de la alegada víctima no relacionado con el caso en cuestión posee evidencia de que la alegada víctima ha mentido en procedimiento judiciales anteriores o que miente en la presente acusación de violencia doméstica,
iii. que posee prueba que la alegada víctima desea causar daños a la persona acusada mediante la acusación más allá de los efectos negativos comúnmente asociados a ser acusado de un delito,
iv. el propósito del contrainterrogatorio;
(b) someter la moción por lo menos 14 días antes del juicio, excepto si el Tribunal, por justa causa, establece un plazo distinto o permite que se presente durante el juicio;
(c) notificar la moción al Ministerio Público y a la alegada víctima. Cuando ésta sea menor o incapacitada, la notificación deberá efectuarse a su tutor o representante legal.
(2) Al terminar la vista, si el Tribunal determina que el contrainterrogatorio sobre actos específicos de veracidad o mendacidad de la alegada víctima que se propone realizar la persona acusada es pertinente y que su naturaleza inflamatoria o perjudicial no tendrá un peso mayor que su valor probatorio, dictará una orden escrita indicando que dicha línea de interrogatorio es permitida y determinará la extensión de dicho cuestionamiento. La persona acusada entonces podrá realizar el contrainterrogatorio sobre actos específicos de veracidad o mendacidad de la alegada víctima de acuerdo con la orden del Tribunal.
Este texto garantizaría los derechos del acusado a un juicio justo y a impugnar la prueba en su contra a la vez que proveería a las víctimas las garantías necesarias para entrar a un proceso judicial en el que no sean doblemente victimizadas. Así podríamos encaminarnos a atar todos esos cabos sueltos en el derecho probatorio que continúan a ser espacio para el machismo y la violencia. Esperemos que esta corta reflexión mueva a nuestras legisladoras y legisladores así como a nuestras juezas y jueces del Tribunal Supremo a atar los cabos sueltos del ma[1] Abogado, lingüista y profesor puertorriqueño dedicado al estudio de la interacción entre el entramado de relaciones socio-culturales y el Derecho en lo que respecta a las políticas del Estado en cuanto a género, orientación sexual y violencia en la esfera familiar. Ha publicado artículos sobre la revisión del Código Civil de Puerto Rico en aspectos de Familia, la construcción social del agresor sexual, estudios de derecho comprado sobre la situación de la mujer, asuntos sobre orientación sexual, y el matrimonio. Actualmente funge como Visiting Professor en Hofstra University School of Law.
[2] Véase la Ley núm. 16 de 1998; RR. 412-413 de Evidencia; Comisión para los Asuntos de la Mujer v. Giménez Muñoz, 109 DPR 715 (1980).
martes, 26 de julio de 2011
Mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas en lo que va del 2011- Puerto Rico
1) María M. Ramos García
54 años
2) Elisarosa Figueroa Pagán
29 años
3) Sasha Hernández Alemán
30 años
4) Moraima Muñiz Muñiz
39 años
5) Nidia Iris Lugo García
23 años
6) Wilmarie Vázquez Hernandez
24 años
7) Marina Guiador, 37 años
8) Claribel Rivera Wilson 38 años
9) Sandra Villafañe Silva
39 años
10) Helen Pérez Danet
32 años
11) María de Lourdes Cortés Rosado
45 años
12) Gloria Hernández Orsini
47 años
13) Frances Mileny Feliciano Cappas
17 años14) Aída Ivette Cruz Ortíz
47 años
15) Rosaura Sánchez Cruz
28 años
16) Linda Rivera Cruz
44 años
17) Yosmarie Serrano Fonseca,
20 años
18) Tainaliz Nieves Argea
25 años
19) Brunilda Torres Sánchez
62 años
20) Eulalia Texidor Ortiz
54 años
21) Silvia Reyes del Rosario
33 años
22) Angélica Rivera Cruz
22 años
23) Marta Iris, 44 años
24) María. 48 años
25) Maritza, 37 años
26) Mirayza, 16 años

Aún bajo investigación se encuentran los asesinatos de
26) Raiza González, 28 años
27) Lorenis Karen Mejías Contreras, 30 años
28) Tatiana Delgado Flores, 23 años
entre otras, cuyos asesinatos aún no sido esclarecidos.
¡Basta YA!
miércoles, 6 de julio de 2011
No culpable
No culpable el exrepresentante Farinacci de violencia doméstica
El jurado emitió su veredicto tarde en la noche
Por Sandra Caquías Cruz End.scaquias@elnuevodia.com
PONCE - El exrepresentante popular Luis Farinacci fue declarado esta noche no culpable de los cargos de maltrato y amenaza que pesaban en su contra tras una denuncia de su esposa por más de 12 años, Liza Yajaira Rivera.
El jurado se había retirado a deliberar a eso de las 6:00 p.m. con la advertencia de la Fiscalía de que en sus manos estaba enviar un mensaje al País: que la violencia doméstica no se puede tolerar.
Las siete mujeres y cinco hombres que integran el jurado llegaron a un veredicto poco después de las 10:00 p.m.
“Estoy confiada en el proceso. Confiada en papá Dios. Siempre se dijo la verdad. Todos los testigos nos corroboraron. Siempre se habló con la verdad”, expresó la aún esposa de Farinacci y presunta víctima de violencia doméstica, Liza Yajaira Rivera, mientras esperaba el veredicto.
“Estamos bien tranquilos, bien confiados en que vamos a prevalecer para que de esta manera podamos ayudar a esta persona (Farinacci) porque de verdad que necesita ayuda, y él lo sabe, y su familia también”, abundó Rivera.
Farinacci también esperaba desde horas de la tarde, junto a un grupo de familiares y media decena de abogados, que la decisión del jurado le fuera favorable.
“Entendemos que si usan su sano juicio, las personas responsables, que son mis pares, que en las manos de ellos está mi libertad, sabemos que vamos a salir airosos de todo este proceso”, expresó el exlegislador, visiblemente cansado.
Farinacci renunció a su escaño legislativo para evitar ser expulsado de la Cámara por recomendación de la Comisión de Ética de ese cuerpo, que lo investigó una querella en la que se le imputaba haber amenazado de muerte a su esposa y a sus suegros.
En el último día del juicio, ante el juez Héctor Vázquez, tanto los fiscales de la Oficina del Fiscal Especial Independiente (FEI) como los abogados de defensa presentaron sus informes finales.
Durante su turno, la fiscal Iris Meléndez advirtió al jurado que “ya esto no se puede seguir tolerando. Hay un mensaje que dar en este caso y es que eso (violencia doméstica) no se puede seguir tolerando. Ustedes hicieron un compromiso de que iban a evaluar la prueba de forma objetiva”.
La fiscal agregó que “el veredicto que este caso amerita es que lo encuentren culpable porque Luis Farinacci Morales es culpable, es culpable de los hechos que se le imputaron por el ministerio público”.
La esposa de Farinacci, quien en ocasiones cubría su rostro con el cabello, lloraba mientras escuchaba las argumentaciones finales de la fiscal. La joven estuvo acompañada por sus padres, un grupo de amigas y personal de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.
Mientras, el abogado principal de Farinacci, Pedro Ortiz Álvarez, intentó convencer al jurado de que la esposa de su cliente mintió. El letrado utilizó como ejemplo la solicitud de un préstamo que hizo Rivera para financiar, mediante información falsa, un auto valorado en $34,500.
También resaltó que durante el juicio “ha habido mentiras planificadas, ensayadas y espontáneas” y que la joven “reconoció conscientemente” que mintió.
“La gente buena de este País, honrada, trabajadora, no hace eso”, sostuvo.
Por su parte, Rivera movía la cabeza en señal de incredulidad y hasta hizo cortas expresiones para indicar que no era cierto lo que expresaba el abogado.







