jueves, 7 de enero de 2010

En Barranquilla, hombre asesina a su ex esposa y aducen trastorno neurótico obsesivo compulsivo

Acabo de escuchar en Radio Isla 1320 el relato del ex presidente del Senador Charlie Rodríguez sobre como presenció los hechos precedentes al vil asesinato de su cuñada, Clarena Piedad Acosta. No hay dudas de que el hombre en cuestión asesinó a su esposa pero en una extraña situación la fiscalía lo liberó por entender que padecía de trastorno neurótico obsesivo compulsivo.....los celos como defensa.




SUCESOS Le disparó en la cabeza

Asesina a su mujer en Barranquilla en Nochevieja y lo dejan libre

El matrimonio en foto de archivo.  El Tiempo

El matrimonio en foto de archivo. El Tiempo

  • El hombre se declara culpable y la Fiscalía lo deja en libertad
  • La Justicia aduce problemas de trastorno neurótico obsesivo compulsivo

El crimen no podía ser más cruel. Samuel Enrique Viñas Abomhor, colombiano de 45 años, aceptó la invitación de su ex esposa Clarena Piedad Acosta de 43 años de pasar Año Nuevo al lado de sus dos hijos.

La mujer pretendía unir a la familia y por esto ubicó una residencia sobre la carrera 59 con calle 86 del barrio Riomar de Barranquilla hasta donde llegó el empresario de ropa. Lo que no imaginó la diseñadora era que su plan terminaría con su vida.

Allí en medio del licor de la noche, Viñas Abomhor, comenzó atacarla verbalmente y aprovechó el encuentro familiar para demostrar con pruebas en mano que su ex pareja pretendía viajar a Italia a encontrarse con su nuevo amor.

Los acompañantes se miraban entre ellos y prefirieron guardar silencio. El enfurecido hombre pidió a sus hijos retirarse de la casa y minutos después se escucharon tres disparos en la habitación: uno terminó en el techo y dos en la cabeza de su ex esposa, quien murió en el lugar de los hechos.

De inmediato, los invitados llegaron hasta el cuarto e intentaron abrir la puerta, pero fue imposible. El barranquillero lloraba desconsolado y decía que solo los dejaría ingresar cuando llegara la Policía.

“De acuerdo a sus declaraciones estaba cegado por los celos, había encontrado unos correos electrónicos confidenciales donde la mujer intercambiaba mensajes sentimentales con un italiano y eso lo llevó a reclamar airadamente en momentos en que había ingerido licor”, dijo un uniformado de la Policía que pidió reserva de su identidad.

EL MUNDO.es logró establecer que la pareja de esposos estaba separada luego de sobrellevar 20 años de matrimonio. Por esto, el comerciante colombiano había sido tratado por psiquiatras porque no podía superar la soledad.

Lo curioso y lo que ha generado indignación en el pueblo barranquillero es que el autor del asesinato fue dejado en libertad -tras declararse culpable-, por el fiscal décimo de la Unidad de Reacción Inmediata, Edilberto Corredor. La razón de la Justicia radica en que el hombre tiene problemas de trastorno neurótico obsesivo compulsivo.

En Colombia la acción del Juez ha sido tan cuestionada que los clientes de las tiendas de ropa ‘Laura V’ (empresa de la pareja de esposos en la Costa Atlántica), optaron por no volver a comprar en rechazo al asesinato y la libertad del responsable.

Frente al crimen, los cibernautas también se han pronunciado. Familiares y amigos de la víctima abrieron un grupo en la red social Facebook exigiendo justicia frente al asesinato. A la página se han sumado cerca de 1.000 colombianos indignados.

“Él siempre dijo claramente: ‘si ella me deja, yo la mato”, dice una de las cartas que aparecen en Facebook.

Negocios

La pareja consiguió a lo largo de su unión convertirse en dueña de la cadena de almacenes Laura V, la cual creció hasta tener locales en Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Montería, Bogotá, Medellín, Ibagué, Armenia y Panamá, con planes de abrir otros más en Venezuela y Estados Unidos.

De la vida matrimonial quedaron tres hijos huérfanos: Samuel David, Felipe y Laura, ésta última acababa de llegar de Londres, donde reside actualmente. La víctima fue sepultada, el culpable está libre.

Nota publicada en : http://www.elmundo.es/america/2010/01/04/colombia/1262623253.html

martes, 5 de enero de 2010

Problemática nueva ley de "paternidad"

Custodia compartida, cambios en la ley de pensiones alimentarias, ahora la ley de la paternidad. Al parecer , los políticos que actualmente gobiernan en Puerto Rico cuando hablaban de "cambio" , se referían a institucionalización de sus recelos a las protecciones de ley que muchas veces cobijan a las mujeres en este país. Independientemente de que reconozcamos que hace falta reformar y mejorar nuestro Código Civil y algunas otras leyes que inciden directamente en las prácticas familiares (reformas y mejoras que irónicamente no cuentan con el apoyo del gobierno actual), no podemos pasar por alto cuando los legisladores, a través de las leyes aprobadas, normativizan sus prejuicios.

Basta con leer las palabras del senador Héctor Martínez para entender lo qué está detrás de la ley:

"... Martínez, autor de la ley, explicó que el propósito principal es
permitir que el padre que dio su apellido a una criatura pueda dar por terminada
esa relación filial dentro de un periodo de hasta seis meses después de
enterarse de que realmente no es su hijo o hija, y detener el pago de la pensión
alimentaria."

"Lo que buscamos con esto es que ese menor no siga recibiendo la
manutención de un extraño que no sea su padre y no mantener una paternidad
esclavizada a base de unos términos de impugnación que establecía el Código
Civil"

"la ley es para proteger al padre jurídico (legal), que lo inscribe
inducido por error sin saber si es o no su padre", dijo Martínez.

El senador está claro: hay que rescatar a los pobres padres engañados (los extraños) que pagan manutención de menores de edad que supuestamente no engendraron.
Para colmo de males, la Secretaria de la Familia, intenta disfrazar la iniciativa como una para la protección del menor, y nos dice:

"Esta enmienda al Código Civil es un cambio bien trascendental en el área
de ordenamiento jurídico. Esta enmienda es una transformación de una
institución, hasta cierto punto conservadora, que no consideraba cómo la ciencia
ayuda a la estabilidad familiar", precisó Irizarry.
"El menor tiene derecho a
saber cuál es su verdadera filiación. Los niños no tienen derecho al abandono y
se les puede dar una oportunidad de amor", dijo. (Ver noticia aquí)

Así, la "ciencia" (ahora las prueba de DNA) sustituye el principio básico que supuestamente sostiene al Derecho de Familia de Puerto Rico, a saber, el bienestar de las y los menores. Abajo les copio la ley en su totalidad, y marco las partes que me parecen más problemáticas. (OJO, según esta ley, las familias que se forman sin lazos de sangre son ARTIFICIALES. ¡Hipócritas!)


(P. del S. 1195)


LEY


Para enmendar los Artículos 113, 114, 115, 116 y 117 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, a fin de establecer las presunciones de paternidad y de maternidad; el derecho a impugnarlas; indicar quienes pueden llevar la acción de impugnación; fijar el término para ejercitarla; disponer el efecto retroactivo de la ley en los casos ante la consideración del Tribunal.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El Código Civil de Puerto Rico se remonta a un Código Civil español más que centenario. La actual normativa que regula la filiación, se remonta a esa fecha pasando por alto los cambios sociales y científicos logrados. Sabido es, que la filiación es un hecho natural que produce consecuencias de particular relieve. La filiación en nuestro sistema de Derecho, es aquella figura jurídica que expresamente reconoce que toda persona tiene progenitores. En otras palabras, es el acto mediante el cual un padre, una madre o ambos, afirman la paternidad o maternidad de un hijo(a). La presunción de paternidad, puede ocurrir mediante el reconocimiento voluntario o al haber ocurrido el nacimiento dentro de una unión matrimonial.
Con posterioridad a que entren en juego las presunciones de paternidad o de maternidad, pueden aflorar circunstancias que demuestren su inexactitud. Nuestro más alto foro judicial ha dicho que debe ser nuestro norte igualar la realidad jurídica con la biológica, a fin de establecer un balance justo sobre los efectos de la filiación. La doctrina y la jurisprudencia han advertido de un giro a los fines de garantizar que la realidad biológica coincida con la realidad jurídica. Los adelantos en la ciencia en el campo de la genética, han documentado la importancia de las pruebas de DNA, como herramienta que arroja prueba concluyente en cuanto a la determinación de la paternidad o maternidad, entre otras cosas. Estos principios, dieron base a la enmienda realizada por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, a los fines de reconocer la importancia de las pruebas biológicas en los procesos judiciales de impugnación de la paternidad en las Reglas de Evidencia de Puerto Rico.
Las presunciones de filiación, están basadas en la máxima Latina Mater semper certa est, pater est quem nuptiae demostrant. La realidad social y jurisprudencial, nos ha demostrado que ello no es siempre así. Las condiciones de nuestra sociedad demostradas en sendos estudios, casos y declaraciones no dejan duda que el presunto padre no siempre es el progenitor consanguíneo del hijo, el padre biológico. (¡¡¡¿Qué estudios?!!!)

El Artículo 117 del Código Civil de Puerto Rico, establece que para impugnar la paternidad del presunto hijo, se tienen tres (3) meses siguientes a la inscripción del nacimiento en el Registro, si el marido se hallare en Puerto Rico y dentro de los seis (6) meses desde que tuvo conocimiento del nacimiento si estuviere fuera de Puerto Rico. Esta norma reconoce y concede el derecho a impugnar la paternidad. No obstante, en la realidad, el término para impugnar comienza a correr antes que el presunto padre conozca la inexactitud biológica. Los términos de caducidad, hacen virtualmente imposible ejercer el derecho concedido. Un acto inducido por error no debe provocar consecuencias de caducidad y la existencia de recursos científicos de probada certeza impide mantener una realidad falsa. ("inducido" ¿por quién?) Ya nuestro más alto foro judicial ha dicho que no debe mantenerse una paternidad o filiación espuria o falsa a base de mantener la integridad artificial de la familia. (perdón, ¿artificial?)

No sólo el presunto padre tiene el derecho a impugnar, sino que al padre biológico también se le reconoció, jurisprudencialmente, ese derecho. Además, la madre debe poder ejercitar el derecho, no sólo cuando interesa que el verdadero padre natural reconozca al niño(a), sino cuando haya duda sobre su propia maternidad, situaciones que surgen cuando se dan cambios accidentales de bebés en los hospitales, secuestros y su consecuente recuperación pasado varios años. (ah verdad, que la ley también es para proteger los derechos las madres).

Recientemente nuestro más alto foro, reconoció que los términos de caducidad son fatales, aún cuando la prueba científica sea totalmente excluyente. El Tribunal Supremo de Puerto Rico, se ha manifestado en opiniones disidentes (¡¡¡disidentes!!!) que dicho término de caducidad debería contarse desde que el que impugna, a saber, (1) tenga conocimiento o indicios confiables de la inexactitud biológica o (2) conozca de hechos que puedan llevar a un juzgador a tener una duda verdadera sobre la exactitud de la filiación. Lamentablemente, esa no es la posición mayoritaria del Tribunal Supremo de Puerto Rico.

Cabe destacar que en González v. Echevarría, 2006 TSPR 176, el Tribunal Supremo de Puerto Rico dictó que la política pública a favor de los hijos y la familia prevalece sobre la posibilidad “que haya alguien que aparezca como hijo del que posiblemente no lo generó.” No podemos perder de vista que la realidad social en el Puerto Rico moderno es que dicha situación socavaría la unidad familiar.

Traemos a la atención la disidencia del Juez Fuster en González, supra, cuando expresó lo siguiente “La acción de impugnación que aquí nos concierne tiene su raíz en el ‘principio de veracidad’: que la paternidad jurídica se fundamente en la filiación biológica. Reiteramos allí que en el pensamiento jurídico moderno se preconiza aquella investigación de la paternidad que tiene como objeto “abrir caminos a través de los prejuicios y los tecnicismos legales para hacer que brille la verdad y se reconozca a todos los fines legales la relación biológica entre padres e hijos.”
Así pues, como medida de derecho transitorio, mediante esta iniciativa legislativa, se extiende la norma adoptada en esta Ley, a todos aquellos casos que estén presentados ante nuestros tribunales, impugnaciones de paternidad o de maternidad, a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley. (Ya OAT dijo que desconoce si los tribunales están listos para la "avalancha" de casos de impugnación. Yo sospecho que no serán tantísimos pero basta con uno, que sea utilizado para castigar, insultar y maltratar a una mujer madre para que todo el asunto sea un abuso craso de los procedimientos de ley)

Aun cuando está pendiente una reforma general del Código Civil, este proceso puede prolongarse por un plazo sustancial y no es justo que en espera de tal reforma no se subsanen deficiencias particulares. (Para esto tienen prisa, ¿verdad?)

Esta Asamblea Legislativa, entiende que existe un desfase normativo en la figura jurídica de la filiación. Con esta Ley se armoniza nuestro ordenamiento jurídico con los avances científicos y codificar normas dictadas por vía de jurisprudencia. Además, mediante esta medida, se pretende dejar plasmado el derecho de una persona a saber quien es su verdadero hijo(a) o su verdadero padre o madre.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.-Se enmienda el Artículo 113 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, para que lea:
“Artículo 113. – Presunción de paternidad y de maternidad.
Se presumen hijos del marido de la mujer casada los nacidos durante el matrimonio y los nacidos antes de los trescientos días siguientes a su disolución.
El reconocimiento voluntario crea una presunción de paternidad a favor del reconocedor.
El parto determina la maternidad”.
Artículo 2.-Se enmienda el Artículo 114 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, para que lea:
“Artículo 114. – Legitimados para impugnar la paternidad.
Están legitimados para impugnar la presunción de paternidad:
(1) El presunto padre;
(2) el padre biológico;
(3) la madre; y
(4) el hijo, por sí o por su representante legal.”
Artículo 3.-Se enmienda el Artículo 115 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, para que lea:
“Artículo 115. – Legitimados para impugnar la maternidad.
La presunción de maternidad se podrá impugnar cuando sea por simulación de parto o por sustitución inadvertida del hijo durante el alumbramiento o después de éste. Están legitimados para impugnar la presunción de maternidad:
(1) la presunta madre;
(2) la madre biológica;
(3) el hijo, por sí o por su representante legal;
(4) el presunto padre.”
Artículo 4.-Se enmienda el Artículo 116 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, para que lea:
“Artículo 116. – Impugnación por los herederos.
Los herederos de cualquier legitimado para impugnar la presunción de paternidad o de maternidad sólo podrán impugnar la legitimidad del hijo en los casos siguientes:
(1) Si el legitimado hubiese fallecido antes de transcurrir el plazo señalado para deducir su acción en juicio.
(2) Si muriese después de presentada la demanda sin haber desistido de ella.
(3) Si el hijo nació después de la muerte del marido.”
Artículo 5.-Se enmienda el Artículo 117 del Código Civil de Puerto Rico, según enmendado, para que lea:
“Artículo 117. – Cuándo debe ejercitarse la acción para impugnar.
La acción para impugnar la presunción de paternidad o de maternidad, por parte del padre legal deberá ejercitarse dentro del plazo de caducidad de seis meses, contados a partir de la fecha de que advenga en conocimiento de la inexactitud de la filiación o a partir de la aprobación de esta Ley, lo que sea mayor.
La acción para impugnar la presunción de paternidad o maternidad, por parte del padre o la madre biológica(o), así como de la madre legal, deberá ejercitarse dentro del plazo de caducidad de un año, contado a partir de la inscripción del nacimiento del menor en el Registro Demográfico.
Cuando la acción de impugnación se refiere a un hijo que no ha alcanzado la mayoría de edad, el Tribunal velará por el interés prioritario del estado de proteger la niñez sobre el interés del presunto padre o de la presunta madre de conformar la realidad jurídica con la biológica. ”
Artículo 6.- Disposición transitoria.
Toda acción de impugnación de filiación pendiente ante los tribunales se le aplicará lo dispuesto en esta Ley. En los casos previamente resueltos por el Tribunal donde hubiese evidencia fehaciente e indubitada que muestre causa suficiente para llevar la impugnación de paternidad, el promovente podrá radicar nuevamente dicha acción en un término de seis (6) meses a partir de la aprobación de esta Ley.
Artículo 7.- Vigencia
Esta Ley entrará en vigor treinta (30) días después de su aprobación.

domingo, 3 de enero de 2010

2010

Comenzamos el año resueltas a dar lo mejor de nosotras para que Puerto Rico sea mejor cada día más y más.




Bienvenido 2010. Ojalá seas un año lleno de solidaridad, amor y paz.

jueves, 31 de diciembre de 2009

Por fin: Análisis político en panel compuesto por mujeres

Anteriormente, desde este espacio había criticado un evento que se dio al aire en una de las estaciones de radio am del país que me había dejado muy mal sabor de boca. Y es que es muy machista la radio puertorriqueña. Sí, sí, MACHISTA.

Hoy, en el último día del 2009, felizmente me topo con la noticia (gracias a mi amiga feminista Nikie López Pagán) que la emisora Radio Puerto Rico 740 AM abrirá un espacio de análisis político, compuesto totalmente por mujeres, todas ellas excelentes. Desde aquí un aplauso al nuevo gerente general de esa emisora Luis Penchi. (NO SE VA A ARREPENTIR).

Por cierto, Penchi fue también el director de noticias que me hizo RABIAR en el evento que narré allá para marzo del 2009. Ja. ¿Qué puedo decir? ¿Me habrá leído? ;)

Regresa sin tapujo Margarita Ostolaza
jueves, 31 de diciembre de 2009
Luis Ernesto Berríos / Para Primera Hora
Como resolución de año nuevo y en su empeño de convertir a Boricua 740 AM, antigua Cadena Radio Puerto Rico (WIAC), en la estación radial preferida por el pueblo puertorriqueño, su nuevo gerente general, Luis Penchi, reclutó a la ex senadora del Partido Popular Democrático y profesora universitaria, Margarita Ostolaza, para formar parte del nuevo programa de análisis político, Sin tapujo, que inicia el 18 de enero del 2010, y se transmitirá de lunes a viernes de 10:00 de la mañana a 12:00 del mediodía.

Sin tapujo marca el retorno a los medios de comunicación de la ex senadora popular, luego de 10 años de ausencia del análisis político del país.

Según una fuente de la mencionada emisora , en el programa radial -que competirá en el mismo horario con los espacios de los periodistas Rubén Sánchez (WKAQ), Carmen Jovet (NotiUno) y la profesora Inés Quiles (Radio Isla)- intervendrán, además, la catedrática de la Universidad de Puerto Rico, Doris González -quien ofrecerá su punto de vista desde el lado del anexionismo- y la periodista Carmen Enid Acevedo, que defenderá el sector independentista; mientras que el análisis de Ostolaza será desde el crisol autonomista. Aunque sus ideales políticos son opuestos, las moderadoras de Sin tapujo tienen en común la defensa de los derechos de la mujer y la justicia social.

miércoles, 30 de diciembre de 2009

Acecha un agresor sexual


El Nuevo Día

Acecha un agresor sexual

Por Pedro Bosque Pérez

La Policía publicó el boceto de un hombre que secuestró, golpeó y violó a una mujer, a la que interceptó en una carretera en San Juan junto a un compinche.

El incidente se registró a las 3:00 a.m. del 22 de noviembre, en la carretera PR-21, cerca de la estación del Tren Urbano en la avenida De Diego en Puerto Nuevo.

La mujer transitaba por la zona en su vehículo cuando dos hombres armados le obstruyeron el paso y la sacaron a la fuerza del auto.

Luego la llevaron a una residencia abandonada donde uno de ellos la golpeó y violó mientras que el otro vigilaba fuera de la casa.

La víctima describió a su agresor como un hombre de entre 23 y 26 años, de tez trigueña clara, pelo corto negro, ojos oscuros, pómulos pronunciados, labios y nariz de tamaño mediano.

Medía entre cinco pies con nueve pulgadas a seis pies de altura. El otro hombre fue descrito como de tez trigueña, complexión mediana y joven.

Aquellas personas que creen reconocer al individuo del boceto pueden llamar al agente Rubén Nieves, de la División de Delitos Sexuales y Maltrato a Menores en San Juan, al 793-1234 extensiones 3246 y 3165.

También pueden llamar las 24 horas del día a la extensión 3155, del Cuerpo de Investigaciones Criminales de San Juan.

La información que se ofreza será tratada bajo estricta confidencialidad por la Policía.

martes, 29 de diciembre de 2009

Mujeres en Puerto Rico durante el año 2009

Ante la adversidad.... ¡RESISTENCIA!

Inspirada por el Resumen del 2009 de Érika Fontánez Torres, apunto abajo algunos de los eventos reseñados en este espacio durante el pasado año.

2009 ha sido un año difícil. Las condiciones económicas han sido utilizadas como excusa y disfraz para las actuaciones de un gobierno marcado por el fundamentalismo religioso , el neoliberalismo bruto y el odio visceral a los movimientos sociales y políticos que reivindican proyectos de justicia social. Las mujeres en Puerto Rico nos hemos visto particularmente afectadas por esto, desde el desmantelamiento de facto de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, el abandono de la perspectiva de género en las escuelas del país, la falta de acción institucional efectiva para atajar la violencia en contra de las mujeres, y la aprobación de leyes que decididamente laceran las causas de las mujeres de Puerto Rico. Pero no todo han sido malas noticias. Ante la adversidad, el movimiento feminista puertorriqueño se ha crecido. Han llegado nuevas voces y se han unido a la experiencia para crear alianzas de solidaridad que han alzado la voz - de las maneras más creativas- en contra del discrimen y la violencia en sus diversas manifestaciones.

Las mujeres en Puerto Rico estamos combativas en la calle, y de ello ha dado cuenta el país. Veamos.

1) Luego del Gobernador haber nombrado a Johanne Vélez (quien fuera una de las mujeres propuestas por los movimientos feministas del país) para el cargo de Procuradora de las Mujeres, un propio empleado del gobernador Aníbal Heredia cabildeó en contra del nombramiento; la senadora Evelyn Vázquez le declaró la guerra; el nombramiento fue colgado nada más y nada menos que por descargue. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/05/otro-golpe-las-mujeres-en-puerto-rico.html

2) Gobernador decide que la manera para combatir la violencia en contra de las mujeres es a través de la campaña Promesa de Hombre, campaña fallida que promulga estereotipos sobre lo qué o debe ser un hombre en cuanto a sus relaciones con las mujeres. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/05/simplista-la-promesa-de-hombre.html

3) El ex Secretario de Educación circula sendas cartas circulares en la que deja sin efecto la educación desde la perspectiva de género y propone a las maestras y maestros de las escuelas públicas que utilicen 8 de los 10 mandamientos para los cinco minutos diarios de “reflexión”. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/05/movimiento-amplio-de-mujeres-reclama-un.html

4) El Gobernador nombra y el Senador confirma a la ex jueza Yvonne Feliciano como Procuradora de las Mujeres, con la abierta oposición de las mujeres y organizaciones feministas y pro mujeres del país. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/08/movimiento-amplio-de-mujeres-se-opone.html

5) La Presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer del Senado de Puerto Rico invierte su energía en la talla de la ropa interior de las mujeres confinadas, porque “si eres small, tienes que tener small, no es que tengas large”. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/08/vazquez-revela-su-agenda.html; en su calendario http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/12/ella-le-sobra-el-tiempo.html y en colgar nombramientos excelentes y confirmar otros pésimos.

6) Como parte de los despidos masivos de empleadas y empleados gubernamentales, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres pierde al 75% de sus trabajadores. Aterrador silencio por parte de la Procuradora. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/09/se-busca-una-procuradora.html

7) Policía y Tribunales flaquean a la hora de evitar violaciones sistematizadas y recurrentes de mujeres en distintos lugares del área metro. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/10/indignacion-exigimos-justicia-para-las.html

8) La legislatura y el Gobernador de Puerto Rico eliminan la colegiación compulsoria de las abogadas y abogados del país. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/10/el-colegio-de-abogads-resiste.html

Tragedias recurrentes

1) El 2009 también será el año que una foto nos obligó a enfrentarnos a la realidad. Nos desnudan, nos asesinan, nos dejan tiradas y luego, nos dan la espalda. Todo eso multiplicado, hasta hoy, por 18. ¿Hasta cuándo? http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/04/elida-era-una-de-nosotras.html

2) Crimen de odio en contra de Jorge Steven, http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/11/somos-seres-humanos-cono.html

3) Tres hombres violan a mujeres residentes de distintos complejos de walk ups del Area Metro. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/10/seguimos-violadores-con-doble-vida.html

Fuertes, Presentes, Combativas

3) Comisión de la Mujer del Colegio de Abogados de Puerto Rico: Comisión del Año y la compañera Ana Irma Rivera Lassén: Colegiada del Año. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/08/comision-de-la-mujer-es-la-comision-del.html

4) A falta de acción gubernamental, Taller Salud, Inc. lanza campaña por una Perspectiva de Género en la enseñanza pública http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/09/mujer-campana-por-una-perspectiva-de.html

5) Desobediencia Civil en la Milla de Oro. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/10/bravas-bravas-mujeres-hacen.html

6) Musas desprovistas, manifestación “al desnudo” http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/11/musas-desprovistas.html

8) Exitosa Jornada Bloguera en Contra de la Violencia hacia las Mujeres. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/11/exitoso-saldo-solidario-de-jornada.html

10) El MAMPR se pronuncia en contra de comentarios machistas del Presidente del Senado de P.R. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/11/mujeres-truenan-contra-rivera-schatz.html

11) Mujeres exigen renuncia de la Procuradora de las Mujeres, mientras a ella le dan una multa de tránsito. http://mujeresenpr.blogspot.com/2009/12/en-memoria-de-cada-mujer.html

12) Las Escuelas de Derecho de la Universidad Católica de Ponce y la Universidad de Puerto Rico reactivaron organizaciones estudiantiles pro derechos de las mujeres.

Resoluciones para el 2010

Seguir trabajando mucho, desde aquí, desde allá, unidas y en solidaridad, por un Puerto Rico más justo y equitativo, mejor distribuido y socializado.

[Nota Personal:
Gracias a todas y todos por haberme acompañado en esta iniciativa que comenzó en marzo de 2009. Les deseo un 2010 lleno de muchos momentos positivos y retos superados. Espero que nos continuemos acompañando en el camino. Paz y Amor.
Verónica]


En memoria de cada mujer

martes, 29 de diciembre de 2009 Leysa caro González / Primera Hora

El 2009 ha sido difícil para la mujer puertorriqueña. Un año en el que 18 mujeres han sido vilmente asesinadas a mano de los hombres que un día le juraron amor eterno.
Eran poco antes de las 8:00 de la mañana cuando 18 mujeres, en representación de cada una de las víctimas fatales de la violencia doméstica, se bajaron de una guagua blanca y se apostaron en la avenida Ponce de León, justo frente a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.
El silencio se apoderó del lugar mientras otro grupo detenía el tráfico vehicular colocando un cruzacalle violeta de esquina a esquina que decía: “Guíe con cuidado. Adelante los cuerpos víctimas del machismo”.
Las mujeres, cada una con un clavel rojo y el nombre de la víctima que representaba en sus manos, se acostaron sobre el pavimento para que las siluetas de sus cuerpos fueran dibujadas con aerosol.

Sólo dos féminas se mantuvieron en cuclillas, las que representaban a Lizzia Acevedo, asesinada el 1 de septiembre, y a Élida Ríos Montañez, muerta el 22 de abril y quien fuera encontrada entre un poste del alumbrado y un generador de electricidad mientras huía de la violencia de su pareja.
“Aquí le estamos dejando 18 cuerpos pintados en el terreno, que son 18 recuerdos de las 18 mujeres muertas por violencia doméstica”, señaló la licenciada y feminista Ana Irma Rivera Lassén.
La protesta tenía como norte denunciar la muerte de estas 18 víctimas, pero también “la negligencia y falta de compromiso” de la procuradora de las Mujeres, Yvonne Feliciano, desde que asumió el puesto.
“Se quedan aquí con las flores que le debemos a sus tumbas, para que la licenciada Yvonne Feliciano no las olvide. Para que en honor a ellas deje su puesto a alguna persona que tenga la conciencia y el compromiso de desarrollar plenamente una oficina que tiene que servir a los intereses de las mujeres”, denunció, por su parte, la psicóloga Milagros Colón.
La manifestación duró breves minutos. Ya las siluetas dibujadas, quedó un cordel que llevaba colgado los nombres de cada una de las víctimas y la fecha en que fueron asesinadas.
Mientras los manifestantes pedían a viva voz la renuncia de Feliciano, ésta llegó sorpresivamente y sostuvo que no dimitirá a su puesto, pues fue nominada y goza de la confianza del Gobernador.
“Ahora, ahora renuncia procuradora” era uno de los estribillos que se escuchaba mientras Feliciano miraba aturdida a los presentes tratando de mantener el temple.
Igual de aturdida pareció quedarse cuando agentes de la Policía le dieron un boleto por dejar la guagua en plena vía, impidiendo el libre tráfico.